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CONSTITUCIÓN DE UNA PRENDA CON DESPLAZAMIENTO
En la ciudad de ............................ a .................... de ........... de ........................
REUNIDOS
De una parte don ............................................................, mayor de edad, casado, en régimen económico de ....................., de profesión .......................,vecino de la ciudad .........................................., con domicilio en la calle ............................................... y con D.N.I. n.º ........................
Y de otra parte don ......................................................, mayor de edad, casado, en régimen económico de ....................., de profesión ......................., vecino de la ciudad .........................................., con domicilio en la calle ............................................... y con D.N.I. n.º ........................
COMPARECEN
Ambos en su propio nombre y representación y a continuación
MANIFIESTAN
Que Don ……………………………… es propietario del bien mueble descrito a continuación ............................, del que tiene la libre disposición y posesión del mismo.
Que ambos comparecientes han acordado constituir la prenda con desplazamiento, en garantía del préstamo que a continuación se detalla y con arreglo a las siguientes estipulaciones
ESTIPULACIONES
1.º PRÉSTAMO. Que Don ...................................................................... entrega a Don .......................... la cantidad de .................. pesetas, en este acto mediante un cheque conformado de la entidad de crédito ................... n.º de serie .................., pagadero a la vista y nominativo a favor de Don ................................................ La referida cantidad será devuelta por el deudor en el plazo de 5 años, mediante pagos parciales de carácter mensual que se efectuarán en la cuenta corriente número ................................. que el acreedor dispone en la entidad de crédito ........................ La referida cantidad devengará un interés anual del ............ por ciento hasta la total liquidación del préstamo y los referidos intereses serán abonados de forma mensual, conjuntamente con el importe del principal del préstamo. 2.º PRENDA a) Consentimiento. En garantía de la devolución del principal y los intereses antes estipulados, así como de la cantidad de .............. pesetas para costas y gastos de cualquier clase que hubiere, el deudor Don ........................ pignora el objeto antes descrito y constituye prenda con desplazamiento a favor del acreedor Don ............................................, que recibe la cosa mueble antes descrita en este acto y acepta la prenda con las siguientes condiciones. b) Posesión y depósito de la prenda. El dueño de la prenda, Don ……………………………… , entrega en este acto la posesión de la prenda al acreedor, que la recibe, y este último, a su vez, constituye al deudor en depositario de la misma, con las obligaciones legales a este efecto. c) Extensión de la prenda. La prenda se extiende por pacto expreso: 1. A los bienes de cualquier clase actuales o futuros que se encuentren en la citada industria, incluso los créditos que pertenezcan a la misma. 2. A las mejoras, frutos y rentas que produzcan los bienes pignorados, así como a sus accesorios. 3. A las indemnizaciones concedidas o debidas al dueño por cualquier causa de seguro, expropiación u otras.
d) Ejecución. Caso de incumplimiento o resolución del contrato de préstamo o de la prenda, el acreedor podrá ejercitar las acciones judiciales o extrajudiciales que le competan, y señaladamente la especial ejecutiva que determina el art. 1.872 del Código Civil, pactando expresamente: 1. Como domicilio para requerimientos y notificaciones el que tiene el deudor en la comparecencia. 2. Tasan los bienes pignorados en ………………… ptas. 3. El acreedor comparecerá ante Notario público que elija y previo los trámites necesarios venderá los bienes pignorados, adjudicándose al mejor postor. 4. El acreedor hará pago preferentemente de lo que se le adeude, consignando el sobrante en un establecimiento público destinado al efecto. 5. El acreedor podrá hacerse dueño de la prenda en la forma que determina dicho art. del Código Civil, si no le conviniere la administración de la misma. e) Disposiciones comunes. 1. Obligaciones especiales del deudor. Además de las obligaciones consignadas en este contrato y las legales pertinentes, el deudor se obliga expresamente a: – Asegurar de todo riesgo en la forma, cuantía y condiciones que determine el acreedor de los bienes pignorados. – Pagar todos los gastos de esta escritura, su copia, los de cancelación en su día, impuesto de transmisiones patrimoniales e impuestos en ge neral. – No hacer acto alguno de transformación o modificación que comprometa la seguridad o valor de los bienes pignorados. 2. Vencimiento anticipado. El acreedor podrá declarar vencido el plazo del crédito exigiendo la de volución del capital, costas y gastos y anticipos, en cualquiera de los casos siguientes: – Si el deudor enajenara cualquiera de los bienes pignorados. – Si renunciara a continuar en el ejercicio de la industria relacionada. – Si fuera declarado en quiebra, concurso o insolvencia de cualquier clase. – Si la industria fuese cerrada por cualquier motivo o se decretase judicial o gubernativamente la intervención, secuestro o embargo. – Si la prenda se deteriorase o perjudicase en términos que no sea suficiente para cubrir lo debido a juicio del acreedor. – Si no pagase el alquiler, impuestos o tributos de cualquier clase o salarios o créditos que puedan determinar el cierre, pago o suspensión de la industria. 3. Cargas e impuestos. El deudor declara que los bienes dados en prenda se encuentran libres de cargas y al corriente en el pago de contribuciones e impuestos, obligándose a cancelar y pagar todo lo que aparezca contra los mismos.
Y para que conste y surta los efectos oportunos, firman los comparecientes el presente contrato en duplicado ejemplar, en el lugar y fecha del encabezamiento.
EL ACREEDOR PIGNORATICIO EL PIGNORANTE
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